Defensa penal

El éxito en la defensa penal requiere la preparación de una estrategia procesal desde la apertura del atestado o de las diligencias previas.  Para ello es fundamental que el abogado penalista que le represente tenga un gran conocimiento de las normas procesales, lo que le puede llevar a evitar la entrada en prisión o acelerar su salida, así como obtener al final del proceso una sentencia absolutoria o reducir la condena al mínimo posible.

La elaboración de la estrategia de defensa es fundamental para salvaguardar el derecho a la libertad del detenido, imputado o acusado.  Para que esta estrategia de defensa tenga éxito, debe acogerse a su derecho a no declarar ante ningún miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ni ante ningún juez sin haber preparado su defensa previamente con su abogado. En casos extremos le recomendamos:

  • Si es detenido por cualquier miembro de las Fuerzas del Orden Público, exija llamar a un abogado penalista.
  • Si le comunican una imputación o acusación de índole penal, contacte inmediatamente con un abogado especializado en Derecho Penal.
  • Tiene derecho a ser atendido por un abogado de oficio, pero un abogado penalista de su elección le orientará adecuadamente. Las primeras declaraciones son fundamentales. Los Agentes de la Autoridad y los Jueces deben conceder un plazo de hasta 8 horas para que su abogado particular pueda atenderle, orientarle y asistirle en su declaración.
  • En las dependencias de la Policía o Guardia Civil no declare Vd., bajo ningún concepto, sin la presencia de su abogado y no firme nada sin que éste se halle delante.
  • Si cree que le han detenido ilegalmente o sin motivo. Si pasan varios días y no es llevado ante el Juez, si sufre agresión, maltrato o coacciones, solicite el Habeas Corpus.
  • Solicite ser explorado por un Médico Forense si se encuentra herido, se halle afectado en su estado mental, o ha consumido estupefacientes o alcohol.
  • Anote por escrito cualquier dato que considere importante así como los nombres y direcciones de testigos.
  • No hay obligación de auto inculparse de la autoría de un delito. Tiene derecho a no declarar.